PROCEDIMIENTO
ABREVIADO: ¿Cuánto tiempo tiene que pasar entre el señalamiento y la
celebración del juicio oral?
En esta entrada de LEX NOW
ABOGADOS, queremos mostrar al lector cuál es el plazo que debe
mediar entre la notificación al interesado de que se va a celebrar un juicio
oral y la efectiva celebración.
El procedimiento se regula en la
Ley de Enjuiciamiento criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882,
aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Si bien el procedimiento
abreviado se regula en los artículos 757 y siguientes. Para solucionar nuestro
problema debemos acudir al artículo 785.2 LECrim que establece lo siguiente:
“A la vista de este auto, el Secretario judicial establecerá el
día y hora en que deban comenzar las sesiones del juicio oral con sujeción a lo
establecido al artículo 182 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”
Así, será el
secretario judicial, hoy letrado de la administración de Justicia quién establecerá
el día y hora en que se celebrará el juicio oral, pero establece que se
sujetará a lo dispuesto en el artículo 182 LEC.
Siendo así, ¿puede haber un juicio al día siguiente
de la notificación?
NO, puesto que el artículo 184.2 L.E.C
establece que:
“Salvo en los
casos en que la ley disponga otra cosa, entre el señalamiento y la celebración
de la vista deberán mediar, al menos, diez días hábiles”.
Por ello, al
menos deberán mediar 10 días hábiles entre el señalamiento y la efectiva
celebración del juicio.
LEX NOW
ABOGADOS.
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